2 octubre, 2026

El Gobierno confirmó los nuevos pisos y techos de la Prestación por Desempleo tras la actualización del Salario Mínimo

A partir del ajuste sobre el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) oficializado a través de la Resolución 4/2026, la ANSES adecuó las escalas del seguro de desempleo. El beneficio mantendrá una banda de cobro que va desde el 50% hasta el 100% del ingreso mínimo legal.

El Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Trabajo confirmaron el nuevo esquema de cálculo para la Prestación por Desempleo, el cual rige desde el 1° de septiembre y se actualizará de forma escalonada en función del cronograma dispuesto para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

La normativa de la Ley de Contrato de Trabajo establece que el monto que percibe cada beneficiario equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración cobrada durante el último semestre trabajado. Sin embargo, la ley fija límites regulatorios: la prestación no puede situarse por debajo del 50% del SMVM ni sobrepasar el 100% del mismo haber mínimo.

Montos y proyección de la escala

Al haberse fijado el Salario Mínimo en $383.800 para el noveno mes del año, los valores de la asistencia por desempleo quedan configurados de la siguiente forma:

  • Septiembre de 2026: Piso mínimo de $191.900 y tope máximo de $383.800.
  • Octubre de 2026: Cobro mínimo de $195.600 y tope de $391.200.
  • Noviembre de 2026: Cobro mínimo de $199.400 y tope de $398.800.
  • Diciembre de 2026: Cobro mínimo de $203.200 y tope de $406.400.
  • Abril de 2027: Al término del esquema de aumentos (con un SMVM de $437.000), el haber mínimo por desempleo alcanzará los $218.500 y el techo se ubicará en $437.000.

Requisitos y condiciones de acceso

La cobertura alcanza a trabajadores registrados comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo que hayan sido despedidos sin justa causa o por finalización de contrato.

  • Aportes requeridos: Los trabajadores permanentes deben acreditar al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años anteriores al cese laboral. Para el personal de la construcción se exigen 8 meses en los últimos 2 años.
  • Plazo de gestión: El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral. La solicitud realizada fuera de ese plazo descuenta un día de prestación por cada jornada hábil de demora.
  • Prestaciones complementarias: Durante el período de cobro del seguro, la ANSES mantiene la cobertura de la obra social del trabajador y el pago de las asignaciones familiares correspondientes.